Planilla Electrónica

¿Sabías qué? La planilla electrónica es el documento llevado a través de los medios informáticos desarrollados por la SUNAT, en la que se registra la información de los empleadores, trabajadores, pensionistas, prestadores de servicios, personal en formación, personal de terceros y derechohabientes.
Contenido
Componentes de la Planilla Electrónica
La Planilla electrónica tiene dos componentes que son el Registro de Información Laboral (T-Registro) y la Planilla Mensual de Pagos (PLAME).
¿Qué comprende?
Información mensual de los ingresos de los sujetos inscritos en el Registro de Información Laboral (T-REGISTRO). Los Prestadores de Servicios que obtengan rentas de 4ta Categoría; los descuentos, los días laborados y no laborados, horas ordinarias y en sobretiempo del trabajador.
Información correspondiente a la base de cálculo y la determinación de los conceptos tributarios y no tributarios cuya recaudación le haya sido encargada a la SUNAT.
Componentes de la Planilla Electrónica
La Planilla electrónica tiene dos componentes que son el Registro de Información Laboral (T-Registro) y la Planilla Mensual de Pagos (PLAME).
- T-REGISTRO: Registro de información Laboral. Es el registro de información laboral de los empleadores, trabajadores, pensionistas, prestadores de servicios, personal en formación, modalidad formativa laboral, personal de terceros y derechohabientes. Su medio de acceso es a través de la clave SOL. OPCION MI RUC Y OTROS REGISTROS.
- PLAME: Planilla mensual de pagos. Comprendo información laboral, de seguridad social y otros datos sobre el tipo de los sujetos registrados y prestadores de servicios. Se descarga de SUNAT.GOB.PE, se elabora, genera archivos envía a SUNAT Operaciones en línea.
¿Tus trabajadores están registrados en planilla?
Desde el primer día que el trabajador inicia sus labores debe estar declarado en la Planilla Electrónica. Por ello, el empleador deberá entregar la constancia de dicho registro al día siguiente, como máximo.
De esta forma se cumple con las obligaciones laborales y se evita de ser sancionado, además contribuyes a disminuir el porcentaje de informalidad en nuestro país.
Sanción por Incumplimiento
El empleador que contrata a un trabajador bajo el régimen de la actividad privada y no cumple con registrarlo en la planilla de pagos o planilla electrónica, en el plazo previsto, incurrirá en una infracción muy grave por cada trabajador, pensionista, prestador de servicios, personal en formación – Modalidad Formativa Laboral y otros, personal de terceros o derechohabiente,en la planilla electrónica; o no lo hace en los plazos y con los requisitos establecidos.
Incurre en una infracción MUY GRANDE por cada trabajador, pensionista, prestador de servicios, persona en formación, personal de terceros o derechohabiente. Para el cálculo de la multa a imponerse, se entiende como trabajadores afectados a los pensionistas, prestadores de servicios, personal contratado bajo modalidades formativas laborales, así como los derechohabientes.