¿Quiénes deben llevar Planilla Electrónica?

¿Quiénes deben llevar Planilla Electrónica?

Al desarrollar tu actividad empresarial, sea como persona natural con negocio o a través de una persona jurídica (empresa), al contar uno o más trabajadores, deberás cumplir con tus obligaciones laborales y tributarias.

En ese sentido, y con la finalidad de organizar el correcto envío de la información de tus obligaciones laborales, así como para facilitar el cumplimiento de todas tus obligaciones sociales, laborales y tributarias, la SUNAT ha desarrollado el sistema de Planilla Electrónica. Tendrás el deber de llevar Planilla Electrónica si cumples con alguna de las siguientes condiciones:

  • Tienes a tu cargo uno o más trabajadores.
  • Cuentas con uno o mas prestadores de servicios y/o personal de terceros.
  • Contratas a un personal en formación – modalidad formativa laboral.
  • Cuentas con uno o mas trabajadores que sean asegurados al Sistema Nacional de Pensiones.
  • Te encuentras obligado a efectuar alguna retención de cuarta o quinta categoría.
  • Tengas a tu cargo uno o más artistas.
  • Hubieras contratado los servicios de una entidad.
  • Prestadora de Salud (EPS) u otorgues servicios propios de Salud.
  • Hubieras suscrito con el ESSALUD un contrato por Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR).
  • Goces de estabilidad jurídica y/o tributaria.

¿Qué es la Planilla Electrónica?

La Planilla Electrónica es el documento electrónico donde se encuentra la información integral de los empleadores, trabajadores, pensionistas prestadores de servicios, personal en formación – modalidad formativa laboral y otros (practicantes), personal de terceros y derechohabientes.

Está compuesta por el Registro de Información laboral (T-Registro) y Planilla Mensual de Pagos (PLAME).

Es necesario precisar que no estarás obligado a llevar planilla electrónica si únicamente:

  • Empleas trabajadores del hogar
  • Empleas trabajadores de construcción civil eventuales
  • Contratas prestadores de servicios que generen renta de cuarta categoría y no tienen la calidad de agentes de retención de cuarta categoría
  • Estás obligado a llevar Planilla Electrónica si cumples con alguna de las condiciones que se observan en la gráfica