¿Qué son las detracciones en SUNAT?

Contenido
¿Qué son las detracciones en SUNAT?
Las detracciones son un sistema que contribuyen a la efectiva recaudación de impuestos. Es un mecanismo administrativo que coadyuva con la recaudación de determinados tributos y consiste básicamente en la detracción (descuento) que efectúa el comprador o usuario de un bien o servicio afecto al sistema, de un porcentaje del importe a pagar por estas operaciones. Este mecanismo se creó con la finalidad de garantizar el pago de impuestos en sectores con alto grado de evasión tributaria.
Pueden entenderse como la generación de un descuento (detracción) anticipado al momento de pagar a un proveedor por un producto o servicio afecto al sistema.
Este descuento se deposita en una cuenta a nombre del proveedor con el objetivo de que ese fondo sea usado para el pago de deudas tributarias.
El sistema de detracciones se aplica a las siguientes operaciones:
- La venta interna de bienes y prestación de servicios
- Servicio de transporte de bienes por vía terrestre
- Servicio de transporte público de pasajeros realizado por vía terrestre
- Operaciones sujetas al IVAP (Impuesto a la Venta de Arroz Pilado)
¿Cómo calcular detracciones SUNAT?
El proveedor brinda servicios gravados con el IGV. El comprador debe proporcionar al proveedor el saldo que debe pagar. El comprador declara y paga su IGV.El proveedor emite la factura, teniendo en mano la constancia de depósito, luego debe declarar su IGV y pagar girando un cheque contra su cuenta del Banco de la Nación.
El comprador descuenta para el precio de venta, el porcentaje establecido para el producto adquirido y deposita ese monto descontado en la cuenta del vendedor en el Banco de la Nación. Cuando nos encontramos ante una operación sujeta al SPOT pueden ocurrir 2 situaciones:
- Que realices la detracción (retienes un porcentaje a tu proveedor).
- Que no hagas nada (tu proveedor realizara la auto-detracción).
¿Cuál es el porcentaje de detracción?
El porcentaje de detracción varia según el rubro, en el que te encuentres:
- Para intermediación laboral y tercerización es del 12%.
- Para arrendamiento de bienes es de 10%.
- Mantenimiento y reparación de bienes es de 12%.
- Movimiento de carga es de 10%.
- Otros servicios empresariales, es de 12%.
- Comisión mercantil, 10%.
- Fabricación de bienes por encargo, 10%.
- Servicio de transporte de personas, 10%.
- Contratos de construcción, 4%.
- Demás servicios gravados con IGV, 12%.